Hoy os presento una magnífica
herramienta para introducir los textos históricos en el ámbito escolar, y que
además nos permite trabajar varias competencias. Se trata de la base de datos
Pares, un archivo digitalizado que puede consultarse en la red. Este portal es
un proyecto del Ministerio de Educación, desarrollado con el objetivo de
difundir nuestro patrimonio histórico documental.
En el podemos encontrar reunidos
y digitalizados los siguientes archivos:
-
Archivo de la Corona de Aragón
-
Archivo de la Real Cancillería de Valladolid
-
Archivo General de Indias
-
Archivo General de la Administración
-
Archivo General de Simancas
-
Archivo Histórico Nacional
-
Archivo Histórico Provincial de Álava
-
Archivo Histórico Provincial de Bizkaia
-
Archivo Histórico Provincial de Guipozkoa
-
Centro Documental de la Memoria Histórica
-
Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional
Los archivos digitalizados son
relativamente fáciles de encontrar e incluyen una imagen con una resolución más
o menos aceptable de los textos –también cuenta con otros recursos como planos,
cartografía, etc.-. En este sentido, esta web puede ser muy atractiva para el
alumnado si tenemos en cuenta que podemos encontrar documentos tales como el
testamento de Isabel la Católica.
En este caso propongo un texto
que es interesante en varios aspectos: el Tratado de Paz entre Muhammad II de
Granada y Jaime II de Aragón, firmado en Orihuela el 15 de mayo de 1296.
Para empezar, ayuda a desmontar
el tópico de la tradicional enemistad entre reinos cristianos y el mundo
musulmán en la península ibérica, y por otra parte es una buena manera de dar a
conocer cómo se llevaba a cabo la diplomacia, introducir en las fórmulas
diplomáticas y por supuesto en el comentario de texto como una de las
herramientas básicas del historiador.
Para ayudar al alumno a
orientarse en el comentario, debemos facilitarle una serie de directrices, cuyo
nivel de exigencia iría en función de las capacidades de la clase.
ESQUEMA A SEGUIR EN EL COMENTARIO DE TEXTO
1. Descripción general
-
Naturaleza del texto: histórico, judicial, narrativo, económico…
- Origen y procedencia: Quién lo ha
producido (rey, obispo…)
-
Autor: con datos biográficos
-
Datación y marco geográfico e histórico
2. Análisis interpretativo: Separamos ideas, subrayamos conceptos
básicos…
- Análisis externo: lenguaje utilizado,
cómo nos ha llegado, cómo ha influido, si es objetivo o subjetivo, si hay
fuentes identificables e intencionalidad del texto.
-
Análisis interno:
-
Resumen general
-
Ideas principales y secundarias
-
Vocabulario histórico: explicar palabras o conceptos importantes.
3. Conclusiones: vigencia de las ideas, relación de fenómenos
similares, importancia en el devenir histórico…
QUÉ ES
-
Herramienta básica del historiador
-
Supone introducirse en un contexto histórico
desde la perspectiva de un autor o de una entidad emisora de forma crítica
-
Aporta conocimiento del pasado desde múltiples
matices
-
Es la base de la investigación histórica
QUE NO ES
-
No es un pretexto para desarrollar un tema al
margen del texto
-
No es parafrasear el texto
-
No es simplificar unas pocas ideas
precipitadamente
-
No es comentar únicamente los aspectos formales
y literarios.
-
No es emitir juicios, valoraciones sobre el
contenido
-
No es considerar el contenido fuera de su
contexto, desde la perspectiva actual
INSTRUMENTOS
Comentar un texto histórico es
equivalente a hacer una pequeña investigación partiendo de una fuente, por lo
que es preciso preparar en la mesa de trabajo los instrumentos que vamos a
utilizar:
- -
Diccionario de la lengua (DRAE) o diccionarios
de vocabulario histórico si fuese necesario.
- -
Un atlas histórico
-
- Tablas cronológicas
- -
Manual o manuales de historia
Ejemplo:
Tratado de paz entre
Muhammad II de Granada y Jaime II de Aragón.
Orihuela, 15 de mayo de 1296.
Orihuela, 15 de mayo de 1296.
En
el nombre de Dios, piadoso y compasivo. Bendiga Dios a nuestro señor y dueño
Mahoma, su honorable Profeta y a su familia y compañeros, y concédales copiosos
dones.
Sepa
todo aquel que leyere el presente escrito, que Nos el Príncipe, siervo de Dios,
Muhammad, hijo del Príncipe de los musulmanes, Ibn Nasr, Sultán de granada y
Málaga y de sus dominios, y Príncipe de los musulmanes, concedemos a Vos, augusto
monarca D. Jaime, Rey de Aragón, Mallorca y Valencia, y Conde de Barcelona, que
haya entre Nos y Vos paz completa y firme mientras duren nuestras vidas.
Os
la cumpliremos lealmente, velaremos por su conservación y pondremos a nuestro
servicio quien la haga respetar. No será violada por nuestra parte, ni nos
serviremos de nadie para que atente contra ella, ni tampoco toleraremos en
manera alguna que se cometan desmanes contra vuestras tierras, contra vuestros
vasallos, o contra sus bienes o mercancías, por tierra ni por mar.
No
ayudaremos en contra vuestra a enemigo alguno que os cause daños por tierra ni
por mar.
Y
vos, augusto soberano D. Jaime, os obligáis a velar para que se nos cumpla la
paz acordada mientras duren nuestras vidas. No faltaréis a ella en cosa que
contra nosotros vaya, ni os valdréis de nadie para que lo haga, y no
consentiréis que se cometa atentado alguno contra nuestras tierras, contra
nuestros súbditos, sus bienes o sus mercancías, por tierra ni por mar.
No
ayudaréis a ningún enemigo a causarnos daños, en el mar o en la tierra, en
manera alguna.
Os
concedemos asimismo, augusto soberano D. Jaime, que entren vuestros súbditos,
vuestros negociantes y los naturales de vuestras tierras en nuestro país y en
todos nuestros estados, por mar y tierra, para vender, comprar, importar y
exportar lo que fuere, sin obstáculo alguno para sus personas, sus mercaderías,
ni para nada de cuanto exporten de nuestros dominios, en manera alguna. Sólo
habrán de satisfacer los derechos obligatorios sobre los artículos importados o
exportados, con arreglo a la tasa acostumbrada en las adunas.
Les
concedemos asimismo que tengan sus alhóndigas, y que designen un cónsul en cada
localidad donde haya aduana. Seguirán practicando íntegramente sus costumbres,
sin imponerles innovación alguna que vaya contra los usos habituales.
Asimismo
os obligáis, augusto soberano D. Jaime, a concedernos que nuestros vasallos,
nuestros mercaderes y los naturales de nuestro país entren en todas vuestras
tierras, villas y lugares, por tierra y por mar, para vender y comprar, y nos
permitiréis sacar libremente de vuestros dominios toda clase de artículos,
víveres, mercancías, etc., que trasportarán a nuestro país, sin obstáculo de
ningún género para sus personas, sus bienes, sus géneros, ni para nada de
cuando importen o exporten. Sólo habrán de satisfacer los derechos obligatorios
sobre los artículos que importen o exporten, con arreglo a la tasa
acostumbrada.
Igualmente
os concedemos, obligándonos a ello, que si por ventura, cualquier habitante de
nuestras tierras, o de nuestros dominios y lugares, cometiera algún desmán o
desafuero contra vuestro país, contra vuestros vasallos, sus bienes o sus
mercaderías, en el mar o en la tierra, durante nuestras vidas, quede a nuestro
cargo indemnizároslo, y obligar a que alguien lo indemnice a Vos o al cristiano
a quien le fueron arrebatados aquellos bienes, después que el caso esté
debidamente aclarado y sea reconocido el derecho.
Y
si aconteciera que algún habitante de vuestro país, o de vuestros estados,
cometiera contra Nos algún desmán o desafuero, en perjuicio de nuestro país, de
nuestros súbditos, de sus bienes o mercaderías, en tierra o en mar, durante
nuestras vidas, Vos os comprometéis para con Nos a indemnizar el daño causado,
o disponer que alguien lo indemnice a Nos o al musulmán a quien aquellos bienes
hubieran sido arrebatados, después de comprobado el caso y reconocido el
derecho a tal indemnización.
Y
para que todo esto sea firme y válido, escribimos el presente documento a Vos
destinado, idéntico al que, con tal objeto, habéis escrito para Nos en
caracteres cristianos, en confirmación de lo cual ponemos nuestro signo el once
de rayab el único del año seiscientos noventa y cinco. – Fin.
1. Descripción general
Este
texto de tipo epistolar y diplomático pertenece a una colección de diversos
documentos del mismo género que han sido recogidos y compilados en el Archivo
de la Corona de Aragón. Así mismo, quedan recogidos en varias obras, de las
cuales cabe destacar Antiguos tratados de
paces y alianzas, de Capmany y Montpalau y Los documentos árabes diplomáticos del Archivo de la Corona de Aragón,
traducidos y editados por Maximiliano A. Alarcón y Santón y Ramón García
Linares. Se
trata de una carta redactada en nombre de Muhammad II de Granada a Jaime II,
Rey de Aragón, Mallorca y Valencia y Conde de Barcelona, con el fin de
legitimar la paz propuesta por el monarca aragonés y está fechada el 15 de mayo
de 1296 del calendario cristiano.
Abu
Abd Allah Muhammad (1235-1302) fue el segundo de los reyes nazaríes de Granada
y reinó desde el 1273 hasta su muerte en 1302. Al subir al trono ya poseía
amplia experiencia política y militar ya que se hacía cargo de diversas tareas
de gobierno como visir real de su padre, Muhammad I. Esta es una práctica
habitual en el mundo medieval, desde la caída del Imperio romano los sucesivos
poderes emergentes tratarán de crear dinastías legitimando a sus descendientes
por medio de la liturgia y asociando su figura, ya desde una edad temprana, a
los cargos de poder.
El
único Estado heredero de al-Andalus que había perdurado en la península era el
reino de Granada –por establecerse en esta ciudad su capital-, fundada entre
1237 y 1238 por Muhammad I, primer Rey de la dinastía nazarí. Este reino llegó
a abarcar igualmente Málaga y Almería y logró sobrevivir hasta 1492 frente al
reino de Castilla por una parte, y los benimerines del otro lado del estrecho
por otra. Para ello, los nazaríes emplearon la diplomacia con enorme habilidad:
cuando era conveniente se reconocían vasallos de Castilla, le pagaban parias o
la apoyaban militarmente contra otros reinos, cristianos o musulmanes sin
distinción. En otras ocasiones, el reino granadino se alió con los benimerines
para defenderse de los castellanos, permitiendo que se establecieran en las
fronteras pero evitando que se introdujeran en su territorio. Así mismo,
hicieron pactos con Portugal, con Aragón o con cualquier pretendiente al trono
de Castilla con el objeto de crear divisiones internas en el seno de los reinos
cristianos. Esta trayectoria política de pactos y alianzas cambiantes, sería
perpetuada por su hijo Muhammad II.
Las
características más destacables del reino de Granada son su riqueza, lo que
llevó a un aumento de la densidad de población, ya que en él se refugiaron
además los últimos andalusíes huidos tras la invasión cristiana de los
territorios musulmanes, que también proporcionaron cuantiosísimos recursos
económicos. Además, como último núcleo de la resistencia musulmana, logro la
cohesión interna y una gran estabilidad, ya que Muhammad II restituyó en su
totalidad la integridad territorial del Reino de Granada.
Granada
recibió el legado cultural de los reinos de taifas y alcanzó altas cotas
intelectuales y artísticas, especialmente durante los reinados de Yusuf I
(1333-1354) y Muhammad V (1354-1391), etapas estas de mayor esplendor. No
obstante, los nazaríes se encontraron con diversos obstáculos. Por una parte,
cuando desapareció el poder de los benimerines perdieron una de sus más
importantes bazas diplomáticas. Además la estabilidad política lograda en
Castilla por la reina Isabel, y el Aragón por Fernando, sumada a la alianza
matrimonial entre ambos, impidió al reino granadino promover más divisiones en
los reinos cristianos. En esta situación Castilla inició en 1482 una campaña
militar contra Granada. En diez años cayeron las ciudades musulmanas, una tras
otra, ayudados los soberanos cristianos por la crisis dinástica y una guerra
civil que estalló en el reino nazarí. Finalmente Boabdil, último monarca de
al-Andalus, entregó la ciudad de Granada a Castilla en enero ed 1492.
La
economía de al-Andalus se basaba fundamentalmente en la agricultura. Los
musulmanes incorporaron a las técnicas agrícolas hispanorromanas importantes
novedades entre las que destacan la intensificación y expansión del regadío
mediante el uso de acequias y norias, lo que permitió ampliar la superficie
cultivada, aumentando considerablemente la productividad. Además, vincularon la
agricultura a las ciudades e introdujeron nuevos cultivos como el arroz,
árboles frutales –limón, naranja…- y también azafrán, morera, algodón…Algunos
sectores profesionales intensificaron su producción, como el olivo, y respecto
a la ganadería destaca el ganado ovino –para la producción de alimentos más que
para obtener lana-. La minería se revitalizó –hierro, cobre, mercurio- y la
artesanía era de gran calidad –vidrio, cuero, metalurgia, textil, pero sobre
todo las lozas doradas cuya producción se extendería hasta bien entrado el
siglo XVI-. El comercio era muy activo, los intercambios se realizaban a
pequeña escala en zocos, y había una gran circulación de la moneda.
2.
Análisis interpretativo
En primer lugar, es importante mencionar que este texto
ha llegado a nosotros íntegramente. El tratado está reflejado en un pergamino
que se encuentra hoy en día bien conservado, aunque las manchas hacen
difícilmente legibles algunos pasajes. Éste se guarda en el Archivo de la
Corona de Aragón. En 1888, Julián Ribera
se interesó por una docena de pergaminos árabes y se dedicó enteramente a su
exploración y catalogación. En dicho catálogo establecía secciones: documentos
pertenecientes al reino de Granada, cartas marroquíes o del Magreb, documentos
de Ifriquía –Bujía, Túnez y Trípoli-, cartas orientales y por último cartas
valencianas –entre otros pocos que quedaron sin clasificación- así, el texto
que ofrecemos para el análisis formaría parte de este último grupo. En 1903,
Ramón García de Linares empezó a estudiar la colección y empezó a trabajar en
su trascripción. Este trabajo sería continuado posteriormente por Maximiliano
A. Alarcón hasta su muerte, por lo que no sería hasta 1935 cuando se acabaría
definitivamente el trabajo realizado García Linares y Ángel González Palencia.
Casi todos los textos
son de carácter diplomático, habiendo entre ellos varios tratados de paz, -como
el expuesto y otro por los mismos en diciembre de 1301, otro tratado entre
Ismail I de Granada y Jaime II, o el de Yusuf I y Alfonso IV, entre muchísimos
otros- pero también cartas de cortesía de visires y Sultanes, dirigidas a los
Reyes de Aragón, con regalos enviados o dando noticia de embajadores cristianos
y musulmanes. También son frecuentes los documentos que se refieren a
reclamaciones por incumplimiento de las cláusulas de tratados, o por motivos
comerciales como la piratería. El destinatario de estas colecciones es en su
mayoría Jaime II, al igual que en el texto expuesto, pero también hay cartas
dirigidas a otras personas, como por ejemplo la de Yusuf ibn Muhammad ibn
Kumasah, Alcaide del castillo de Vera, a Don Arnau Torres, Gobernador de
Orihuela.
Jaime II de Aragón
(1267-1327) fue rey de Aragón, de valencia y Sicilia y Conde de Barcelona. De
su padre Pedro III heredó el reino de Sicilia en 1285. En 1291 recibiría además
la corona de Aragón, debido a la muerte de su hermano Alfonso III. A partir de
aquí Jaime II llevaría una política de expansión por el Mediterráneo muy
ambiciosa, para la que se valía de este tipo de tratados de paz, alianzas
matrimoniales y campañas militares.
La intención de este
texto por lo tanto, no puede ser otra que la de establecer lazos de unión entre
el reino de Granada y el de Aragón, ya que es un acuerdo de paz, pero se
establecen además una serie de obligaciones y privilegios que ambos reinos
tendrán al entrar en vigencia este tratado. Entre ellas podemos destacar: velas
por la conservación del tratado, no colaborar con los enemigos de los
respectivos reinos, pero también permitir la entrada de naturales del otro
reino en el propio, ya sean habitantes, comerciantes o súbditos, para
establecer alianzas comerciales –sin que ello signifique la exención del pago
de las tasas de aduanas, por lo que además podrían designar un cónsul en cada
localidad donde hubiese una de dichas aduanas-, así como el deber de indemnizar
al otro reino en caso de que un vasallo cometa algún desmán. Existían otros
motivos para esta unión, la meta puede ser el reconocimiento muto como
potencias y representantes ante el otro de la cristiandad y el Islam,
respectivamente
Según esto, estaría
justificada la principal preocupación reflejada en el documento, que va a ser
la seguridad de los súbditos residentes en el territorio de la otra potencia.
Se intentará asi mismo garantizar la seguridad de los comerciantes y en el caso
de Jaime II, se hará con el fin de garantizar el ejercicio del culto cristiano
en las ciudades del reino granadino, así como el acceso a los lugares santos
por parte de los peregrinos. Por tanto se puede decir que Jaime II intenta
mostrarse como protector de los cristianos que vivían en el reino de Granada y
principal defensor además de los intereses de la iglesia latina en Tierra
Santa, mientras que Muhammad adopta la postura de líder del Isla que considera
como deber salvaguardar el bienestar de todos los musulmanes, incluidos
aquellos que se hallen bajo el dominio de la autoridad cristiana, como es el
caso de los mudéjares de la corona de Aragón.
Esta unión se ve
también reforzada posteriormente como ya hemos visto, por una serie de cartas
con noticias o envíos de regalos, así como las reclamaciones por el
incumplimiento de las cláusulas de dicho tratado o las cartas con motivos
comerciales, o de concesión de señoríos. Son visiblemente
notables las alabanzas que Muhammad II hace del monarca aragonés. El estilo de
las cartas es retórico en exceso, recargado de calificativos para ensalzar la
figura de ambos monarcas. El lenguaje es culto y cuidado, como cabe esperar en
un texto de estas características, y las formulas utilizadas, así como los
halagos, le dan un tono más poético y solemne. La carta comienza con la fórmula
“En el nombre de Dios, piadoso y
compasivo. Bendiga…” seguida de otra, muy utilizada en lo sucesivo en
diferentes cartas “Sepa todo aquel que
leyere el presente…”.
Continúa con la
presentación de ambas partes en la que incluye todos los títulos que ambos
poseen, algo que también es repetido en las sucesivas cartas “Nos, el Príncipe, siervo de Dios, Muhammad
(…) Vos, augusto monarca…”. La presentación se cierra con el motivo de la
carta “…que haya entre Nos y Vos paz
completa y firme mientras duren nuestras vidas…”. En este puto, se
explicitan las cláusulas o condiciones dl acuerdo, con un acusado paralelismo “…ni nos serviremos de nadie para que atente
contra ella…ni os valdréis de nadie para que lo haga…” esta reiteración y
el paralelismo están justificados ya que al tratase de un tratado de paz en el
que se explicitan una serie de privilegios y obligaciones que conforman unas
cláusulas, deben ser igualmente reflejados para el autor de dicho texto y para
el destinatario, es decir, para ambos monarcas, con el fin de que no haya
vacíos o equívocos. Por ellos, por cada punto específico que propone, hace
partícipes a ambas partes. Destaca así mismo la cantidad de posibilidades que
detalla en cada “cláusula” “…en el mar o
en tierra…” abarcando también la piratería y el enfrentamiento indirecto
por la mediación de terceros.
Después de exponer
todos los puntos propuestos, la carta finaliza con la firma del tratado, según
la cual explicita que Jaime II había mandado anteriormente una carta idéntica
para sellar el pacto “Y para que todo
esto sea firme y válido, escribimos el presente documento a vos destinado,
idéntico al que, con tal objeto, habéis escrito para Nos en caracteres
cristianos…”. Llama especialmente la atención en el texto la frase “Seguirán practicando íntegrametne sus
costumbres, sin imponerles innovación alguna que vaya contra los usos en ellos
habituales” ésta hace eco del respeto característico del pueblo musulmán
hacia los pueblos que previamente habitaron al-Andalus, a diferencia de los
pueblos cristianos, que obligaban a la conversión, el pueblo musulmán daba
libertad a sus habitantes respetando las creencias y costumbres populares del
territorio en que se establecían.
El texto además está
plagado de enumeraciones “…augusto
monarca…Rey de Aragón, Mallorca y Valencia, y Conde de Barcelona…” “…contra
nuestras tierras, contra nuestros súbditos, sus bienes o sus mercancías…”
“…para vender, comprar, importar y exportar…” que enfatizan la necesidad de
matizar los puntos clave del acuerdo, por lo que es probable que además de
todas estas especificaciones, existiesen otras más amplias.
No podemos hablar de
una perspectiva del autor, ya que se trata de un acuerdo pactado entre dos
partes. Lo mismo nos ocurre si intentamos buscar fuentes en las que el autor
pudiese inspirarse, debido a que estamos ante un texto de tipo epistolar, lo
más probable es que se siguiese la línea de los tratados y cartas anteriores.
La influencia de este
texto habría sido claramente directa al tratarse del reflejo de una decisión
tan importante para dos reinos como es un tratado de paz. Por lo tanto este
texto influyó –aunque no el texto en sí- marcando el tiempo transcurrido en que
este tuvo vigencia, hasta la muerte de uno de los monarcas, aunque esto no es
exactamente así, ya que a la muerte de Muhammad II el tratado se renueva y
cuando Alfonso IV sucede a Jaime II ocurre lo mismo.
Se pueden establecer
varias partes diferenciadas en esta carta, en primer lugar, un llamamiento a
Dios, fórmula habitual en este tipo de cartas, con el que se comienza el
tratado. En segundo lugar una presentación de ambas partes, en la que se hace
énfasis en los títulos de cada monarca y se establece además el motivo de dicha
carta, que es la propuesta de paz. Continúa con un pacto de no agresión,
directa o indirecta y el establecimiento de un comercio libre entre ambos
reinos. Establece los pagos de las tasas normales de aduanas y también la forma
de actuar en caso de que haya desavenencias entre los reinos, sus vasallos o
habitantes, etc. Finalmente concluye con la firma del tratado que le dota de
validez.
La idea principal del
texto es la paz entre ambos reinos y dentro de esta, las cláusulas o
condiciones que se establecen para que dicho tratado tenga vigencia.
3.
Conclusiones
Este tratado de paz
entre Jaime II y Muhammad II, debió de tener una fuerte repercusión en el
contexto de su época, ya que abre las fronteras al comercio y por tanto a la
cultura, pues además, granada fue una de las capitales culturales más
importantes de la península. A raíz de esta carta llegarían nuevos productos e
innovaciones que estimularían y revitalizarían el comercio en ambos reinos.
Además el pacto de no agresión fue positivo para ambos ya que por ejemplo,
Jaime II pudo centrarse en su política expansionista por el Mediterráneo, sin
tener que preocuparse de los dominios árabes.
El texto también tuvo
repercusión inmediatamente después, ya que ésta es la primera de muchas cartas
enviadas con el mismo fin; mantener la paz entre dos reinos que podían
coexistir pacíficamente. Al decir que es la primera de muchas, quiero expresar
que con ella comienza un ciclo, ya que se sabe que hay correspondencia anterior
e incluso en algunas cartas se hace alusión a otras también, que deben haberse
perdido.
A la muerte de Muhammad
II, su sucesor, mantendría dicho acuerdo de paz, y lo mismo ocurrirá con
Alfonso IV, hijo de Jaime II, quien prolongaría el período de paz. Hay que
resaltar la importancia de estas relaciones del mundo Mediterráneo medieval:
tras una fase de dos siglos de enfrentamientos militares entre cristiandad e
Islam en oriente medio, a un nuevo período, que se caracterizará por el dominio
mameluco de Oriente Medio, incuestionable por los Estados de Europa occidental,
que ahora tratará de acercarse a esta potencia islámica a través del envío de
embajadas.
En la actualidad, este
texto no deja de tener importancia, ya que gracias a él podemos conocer los
orígenes de las relaciones entre la corona de Aragón y los estados islámicos
mediterráneos durante este período. Con estas cartas pueden aclararse dichas
relaciones internacionales entre ambos reinos, y podría verse algo de la
influencia que en países musulmanes del norte de África tenían los cristianos del
reino de Aragón.
Es indudable que estas
cartas fueron la base y raíz de muchos hechos posteriores. Este tipod e textos
además, aunque no se nos presenta de la mism manera, sigue dándose hoy en día,
y aunque no tenemos la posibilidad de acceder a ellos, también influyen en
nuestro contexto político, social, económico y religioso.
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